sábado, 13 de abril de 2013

Los proceso de divorcio en Panamá

   


Los Procesos de Divorcios en Panamá

En Panamá, el divorcio está contemplado en nuestro ordenamiento jurídico como una causal de disolución del matrimonio.

El artículo 212 de el Código de la familia, establece que existen 10 causales de divorcio entres las cuales podemos encontrar:
1. Atentado contra la vida de uno de los conyugues
2. El trato cruel físico o psiquico que haga imposible la paz y el sociego.
3. La relación sexual extramarital

4. La propuesta de uno de los conyugues por prostituir al otro.
5. El conoto del marido o la mujer para corromper, o prostituir a sus hijos/as, hijastros/as, o la connivencia en su corrupción o prostitución.
6. El abandono absoluto del marido en sus deberes de esposo y de padre, o de la mujer en sus deberes de esposa y de madre, si al presentarse la demanda de divorcio han pasado por lo menos seis (6) meses a partir desde el momento del abandono; salvo se trate de mujer embarazada en donde lña causal sera de tres (3) meses.
7. El uso habitual de drogas o sustancias psicotropicas.
8. La embriaguez habitual
9. La separación de hecho por más de dos años, así vivan bajo el mismo techo.
10. mutuo acuerdo.

En panamá una gran parte de los divoricios se dan a través de la causal 9 y 10, anteriormente señaladas, en donde a parte de la sola existencia de la causal se deben cumplir otros requisitos: como lo establece el art. 218 de nuestro ordenamiento jurídico, que establece que estas causales solo se pueden decretar una vez se haya resuelto lo del regimen de guarda, reglamentación de comunicación y de visitas y los regimen de alimentacion de los hijos que tengan derecho.
A concepto personal el divorcio por mutuo acuerdo seria la causal que deberian llegar todas las parejas, toda vez que evita el desgaste psicologico de la familia tras la ruptura del vinculo paterno-maternal.